Cinturón obligatorio para repartidores, fin a la excepción de carga

La nueva norma que enfada a los repartidores: ya tienen que llevar siempre el cinturón
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Desde el 1 de octubre de 2026, los repartidores urbanos ya no pueden acogerse a la histórica excepción que les permitía circular sin cinturón durante operaciones sucesivas de carga y descarga. El sector critica una medida que considera poco práctica para el reparto de última milla.

Resumen

A partir del 1 de octubre de 2026, los repartidores urbanos afrontan un cambio relevante en su operativa diaria. La normativa suprime la histórica exención que les autorizaba a prescindir de este elemento de retención durante sus trayectos laborales.

Hasta esta modificación, los profesionales podían circular sin el cinturón de seguridad mientras realizaban operaciones sucesivas de carga y descarga. Con el nuevo marco legal, su uso pasa a ser obligatorio en todo momento y circunstancia al volante.

El colectivo profesional ha mostrado su disconformidad ante la medida regulatoria. Desde el sector argumentan que la exigencia resulta poco práctica para el reparto, especialmente en las dinámicas de trabajo intensivas asociadas a la última milla.

La actividad de distribución en entornos urbanos exige continuas paradas a corta distancia. La obligatoriedad permanente del cinturón altera los tiempos y rutinas de los conductores dedicados al reparto comercial continuo.

A pesar de las quejas expresadas por los trabajadores, la regulación busca priorizar la seguridad vial en los desplazamientos profesionales. Las empresas y repartidores deberán adaptar sus procedimientos para cumplir con el nuevo marco normativo.

La eliminación de la exención del cinturón para repartidores de última milla busca mejorar la seguridad, aunque genera dudas operativas en el sector. ¿Crees que debería mantenerse alguna excepción para trayectos muy cortos o debe primar la norma general? Cuéntanos qué piensas.

Síntesis editorial de EVMinds a partir de la noticia original.

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