Nuevo límite a 80 km/h para autobuses con pasajeros de pie
Resumen
A partir del 1 de octubre de 2026 entrará en vigor una reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno. Esta modificación establece un nuevo límite de velocidad específico para determinados vehículos de transporte colectivo de viajeros fuera de las zonas urbanas.
La medida afectará de forma directa a los autobuses que transporten pasajeros de pie. Estos vehículos tendrán completamente prohibido superar los 80 km/h en cualquier tipo de vía interurbana.
Asimismo, la restricción de 80 km/h se aplicará a aquellos autocares o autobuses que no dispongan de cinturones de seguridad instalados. La normativa busca incrementar la protección en este tipo de servicios fuera de poblado.
La limitación será aplicable en todas las vías fuera de poblado, afectando tanto a carreteras convencionales como a autopistas y autovías. El objetivo principal de la regulación es reducir los riesgos asociados a la falta de retención de los usuarios.
Esta actualización normativa modifica las condiciones operativas habituales del transporte interurbano en España. Las flotas deberán adaptarse a este tope de 80 km/h a partir de la fecha establecida para cumplir con las nuevas exigencias de seguridad vial.
La DGT limitará a 80 km/h los autobuses con pasajeros de pie o sin cinturón en vías interurbanas a partir de octubre de 2026. ¿Consideras acertada esta medida para mejorar la seguridad en los trayectos interurbanos? Déjanos tu opinión.
Síntesis editorial de EVMinds a partir de la noticia original.
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